- Describa con detalles los antecedentes históricos por los cuales el Estado Liberal llega a concretarse como tal.
- Señale cuáles son los principios en los cuales se sustenta y describa cada uno de ellos
- Explique la evolución histórica que ha tenido el Estado Liberal, desarrollando cada una de sus fases y países donde le cupo tener como escenario político
- Como ya hemos visto en el Tema 1, el Estado Liberal presenta características muy peculiares, haga un mapa conceptual de las formas en que se presenta.
- * Elabore el cuestinario para el día jueves y consulte por SKYPE (Susana Hurtado Rivero) en la hora de clases si hay alguna duda.Hasta mi retorno
martes, 24 de febrero de 2015
Tema 3 El Estado Liberal
Del libro Derecho Constitucional de Jorge Asbún ( página 121 y siguientes)
lunes, 23 de febrero de 2015
Cuestionario para el Tema 2
Del libro Derecho Constitucional de Jorge Asbún ( página 107 en adelante)
- ¿Qué definición recibe el Estado desde el punto de vista político?
- ¿Cuál es la diferencia entre Estado y gobierno?
- ¿Cuál es la base física del Estado?
- ¿Por qué la soberanía es un orden supremo en todo Estado?
- ¿Cuáles son los elementos constitutivos del Estado?(Describa cada uno de ellos)
- Desde un punto de vista político o ideológico ¿Qué cclasificación se conoce del Estado?
jueves, 19 de febrero de 2015
miércoles, 18 de febrero de 2015
Tema 1 Modelos o tipos estructurales de Estado
Pedagógicamente
los Modelos o Tipos estructurales de Estado son: Estado Unitario, Estado
Federal, Estado Confederado, Estado Simple, y Estado Compuesto.
Estado
Unitario . Aquel regido por un gobierno central con
poderes iguales y plenos sobre todo el territorio nacional, con unidad
legislativa y subordinación departamental, provincial y municipal.
Tiene las
siguientes características:
- Centralización del poder político . Puede existir una descentralización en las gobernaciones como en el caso de Bolivia pero solo hay una sola autoridad.
- Unidad del ordenamiento jurídico . Existe un solo ordenamiento jurídico que rige todo el territorio para hacer cumplir los Derechos de las naciones bolivianas.
- Jerarquía. Esta jerarquía es de carácter administrativo, no político.
Estado
Federal. Aquel compuesto por varios Estados que poseen
gobierno peculiar, legislación privativa en diversas materias y una gran
autonomía administrativa, pero con respeto de la unidad representativa
internacional, confiada a un ejecutivo federal o nacional.
Estos dos
tipos estructurales de Estado se asimilan a dos tipos funcionales de
administración:
- Al unitarismo la centralización.
- Al federalismo la descentralización.
Pero las dos
formas funcionales de administración, pueden coexistir en cualquiera de los dos
tipos estructurales de Estado, esto se llama dualismo orgánico.
Estado
Confederado o Confederación
es la unión de dos o más Estados antes independientes con un fin
predeterminado, pero que mantienen su propia autonomía en general.
El fin
es de carácter defensivo. Cada uno de los Estados es libre para actuar con
plena independencia. Se diferencia de la Federación en que en ésta los
estados individuales están subordinados al gobierno central.
Ya existían
confederaciones en la antigüedad, destacando la Liga de Delos o Confederación
de Delos, alianza formada en el 477 a.C. por varias ciudades-estado de la
antigua Grecia, cuyo objetivo principal era la venganza por las pérdidas
sufridas durante las Guerras Médicas de principios del siglo V a.C. y la
preparación ante nuevas agresiones persas. Fue creada bajo la dirección de
Atenas en el siglo V a.C. para hacer frente a la agresión de los persas.
Otro ejemplo
de una confederación en la antigüedad esta las Ligas aquea y etolia
de los siglos IV, III y II a.C., que fueron prominentes en el mundo
helenístico.
En América
del Norte se dio la Confederación iroquesa que fue fundada en el siglo
XVI en la zona central del actual estado de Nueva York (Estados Unidos). En sus
orígenes estaba formada por cinco tribus —los mohawk, onondaga, cayuga, oneida
y seneca— y era conocida como la Confederación Iroquesa De Las Cinco
Naciones o Liga de Cinco Naciones. Al parecer, fue el jefe onondaga
Hiawatha el artífice de esta unión.
Durante la
guerra de Independencia estadounidense las primeras colonias establecieron una Confederación
y expusieron sus propósitos en los artículos de la Confederación. Después de
que la experiencia demostrara que esta forma de organización era demasiado
débil, la posición de quienes sostenían que las primeras colonias debían formar
una Federación quedó materializada en la Constitución de los Estados
Unidos. Los Estados del sur que se separaron en 1861 creyendo que la unión
federal chocaba con la soberanía de varios de ellos, se agruparon en la Confederación
de Estados de América.
En el siglo
XIX, en Europa, aparecieron algunos intentos efímeros de confederación, como la
Confederación Germánica creada por el Congreso de Viena en 1815 tras la
caída de Napoleón y la Confederación de Alemania del Norte de 1866-1870,
una organización transitoria que precedió a la proclamación del Imperio Alemán.
En
Sudamérica se conformó la Confederación Perú-boliviana, formado por la
unión de Perú y Bolivia, tras el acuerdo final establecido en Chuquisaca
(actual Sucre), el 15 de junio de 1837, por los presidentes de ambas
repúblicas: el general peruano Luis José de Orbegoso, y el boliviano Andrés
Santa Cruz y Calahumana, jefe supremo y protector de esta idea impuesta como condición
a la ayuda prestada a Orbegozo contra sus rivales Agustín Gamarra y Felipe
Santiago de Salaverry, que le había llevado a declarar, unilateralmente, la
Confederación el 28 de octubre de 1836. La unión perduró tan sólo hasta 1839.
El origen de
la Confederación se remonta a la situación confusa que Perú vivió en 1833, ante
el fracaso del presidente Agustín Gamarra (1829-1833) en su intento de anexión
de Ecuador y Bolivia en 1829. La crisis interna que le siguió fue aprovechada
por Orbegozo para tomar el mando y solicitar de Santa Cruz la ayuda para
eliminar a su opositor, el caudillo rebelde Felipe Santiago de Salaverry, que
fue derrotado por Santa Cruz en Socabaya (1836). A partir de este momento, se
iniciaron los trámites de la unión de ambos países andinos. Tras la celebración
de asambleas regionales previas, el 9 de mayo de 1837 se llegó al pacto de
Tacna, en el cual se estableció la organización política del nuevo Estado, que
quedaba dividido en tres repúblicas confederadas: Norte peruano, gobernada por
Orbegozo; Sur peruano, gobernada por Juan Pío de Tristán y Moscoso, y Bolivia,
gobernada por José Miguel Velasco. El poder ejecutivo de la Confederación
correspondería al protector, Santa Cruz, elegido para un periodo prorrogable de
diez años. El acuerdo se encontró con la oposición de Argentina y Chile,
estados ambos que declararon la guerra a la Confederación. Detrás de todo ello,
estaban los conflictos de Tarija, entre Argentina y Bolivia, y la disputa entre
los puertos de Valparaíso y Callao, además de la propia oposición interna.
Aunque Santa Cruz intentó negociar la paz, y pese a vencer a los argentinos
(1838), fue derrotado en la decisiva batalla de Yungay (1839) que enfrentó a
las tropas de la Confederación Perú-boliviana contra las chilenas, el 20
de enero de 1839, cerca de la localidad peruana de Yungay (en la actualidad, en
el departamento peruano de Ancash). Mandaba a las tropas aliadas el mariscal
Andrés Santa Cruz, quien cortó las líneas de suministro a las fuerzas chilenas,
a las órdenes de Manuel Bulnes, y a las peruanas, que dirigía el general
Agustín Gamarra. Tras la decisión de aquél de presentar batalla, consiguió
derrotar a las tropas aliadas peruano-bolivianas. El resultado de esta victoria
fue la sublevación de Bolivia contra Santa Cruz y la disolución de la Confederación
Perú-boliviana. Santa Cruz se exilió.
Estado
simple. Aquel que se encuentra bajo la autoridad de un
solo órgano, generalmente centralizado.
Es aquel
gobernado por un solo órgano del Poder Publico, generalmente el órgano
Ejecutivo.
Algunas
veces se los confunde— equivocadamente—con el Estado Unitario, en éste
funcionan todos los órganos del Poder Público (ejecutivo, legislativo,
judicial, electoral), en el Estado Simple solo funciona un solo órgano,
generalmente el órgano Ejecutivo.
Estado
Compuesto. Son las
Confederaciones, las Federaciones, y las Asociaciones de Estados. De estas últimas son la Commonwealth o Comunidad
Británica de Naciones compuesta por Irlanda del Norte, Escocia, Inglaterra,
Australia, Belice y Nueva Zelanda. Otra asociación fue la ex URSS, que estaba
compuesta por 15 repúblicas.
Estado Plurinacional . Es la organización política y jurídica de una sociedad de varias naciones unidas en un solo Estado con Gobierno de representación plurinacional y sujetas a una única ¿Que es el Estado Plurinacional?
Un Estado
plurinacional, es la organización política y jurídica de una sociedad de varias
naciones unidas en un solo Estado con Gobierno de representación plurinacional
y sujetas a una única Constitución Política.
¿Qué es el Estado Plurinacional?
El Estado es la sociedad política y jurídicamente organizada
capaz de imponer la autoridad de la ley en el interior y afirmar su
personalidad y responsabilidad frente a las similares del exterior.
Un Estado
plurinacional, es la organización política y jurídica de una sociedad de
varias naciones unidas en un solo Estado con Gobierno de representación
plurinacional y sujetas a una única Constitución Política.
El Estado
plurinacional tiene base en el Principio de la Plurinacionalidad que es el
principio político que permite aspirar al pleno ejercicio de los derechos de
todas las naciones que existen en un Estado.
En un Estado
puede haber varias naciones. Y, ¿qué es una Nación? Una nación es:
“…toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma,
tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, … .” (CPE
Art. 30, numeral I).
Una Nación
es una Comunidad en las que sus componentes se reconocen por adelantado en una
institucionalidad a la que reconocen como propia y, dentro de la cual, integran
sus luchas sociales, sus competencias y mentalidades. (GARCÍA LINERA,
Álvaro, “¿Qué es una Nación? en Critica, No.- 3, Septiembre 2001, La
Paz, Bolivia, paginas 6 y 7). Ver: MARIACA, Margot ¿Que es una nación?
Las Naciones
de Bolivia son colectividades humanas ubicadas en territorio boliviano
que comparten identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones,
territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión
colonial española (CPE Art. 30, numeral I).
La Ley Nº 4021 Régimen Electoral Transitorio en su Art. 32
reconoce explícitamente 32 naciones e implícitamente a dos naciones más: la
nación Qulla y la nación Quichua.
¿Cuáles son
las naciones de Bolivia?.
Como dijimos
arriba, en un Estado puede haber varias naciones. Pero no se concibe una Nación
que contenga varios Estados. Los Estados pasan, las naciones, quedan; ya que
hubo Estado esclavista, feudal, etc., en una misma Nación.
La idea
napoleónica de “una nación un Estado”, se está dejando de lado para entrar en
la idea de que varias naciones no necesariamente tienen que crear su propio
Estado. Esto se verifica con: en el mundo hay unas cinco mil naciones con sus
propias lenguas pero no existen tal número de Estados registrados en la ONU.
Los temores de balcanización (Desmembración política de un Estado
constituido por diferentes naciones. Es decir cada nación a la larga o a la
corta siempre formara su propio Estado) ocurren cuando un Estado unitario no
reconoce a las naciones de su territorio. En el caso de la región de los
Balcanes una nación no reconocía a la otra, cada nación quería que la otra se
subsuma en la propia. Se buscaba una homogenización. Lo diverso no era
reconocido. Eso no sucede si el Estado unitario reconoce la diversidad de
naciones y pueblos de su territorio, como se está haciendo en el caso
boliviano.
martes, 17 de febrero de 2015
Bibliografía recomendada para este semestre
Derecho Constitucional General de Jorge Asbún. 5ta Edición. Grupo Editorial Kipus. (Lo pueden adquiriri más barato adentro de la UAGRM, en el kiosko 3 de la Sra. Yolanda,, adelante del cafecito, son tres kioskos azules, en el centro del Campus Universitario.
La Constitución Política del Estado 2009, mejor si encuentran la comentada, hay en la planta baja del Paslacio de Justicia
Este libro no es necesario comprarlo, hay en biblioteca. Derecho Constitucional de Ciro Félix Trigo, aunque es antiguo; pero sus conceptos y teorías son muy bien explicados.
La Constitución Política del Estado 2009, mejor si encuentran la comentada, hay en la planta baja del Paslacio de Justicia
Este libro no es necesario comprarlo, hay en biblioteca. Derecho Constitucional de Ciro Félix Trigo, aunque es antiguo; pero sus conceptos y teorías son muy bien explicados.
domingo, 8 de febrero de 2015
Bienvenida
Queridos estudiantes:
La asignatura de Derecho Constitucional II, tiene una gran importancia en la formación del futuro Abogado, porque le da a conocer en detalle la conformación del Estado, sus instituciones, los requisitos que debe cumplir el funcionario público para activar todos los canales con que el aparato estatal se pone al servicio de éste y de los ciudadanos.
Entender que los bienes públicos también pertenecen a cada ciudadano y la defensa de todos los bienes significa defender lo propio al mismo tiempo.
En Derecho Constitucional I, se vio toda la parte filosófica, ética y valores de los derechos, obligaciones y garantías que le asisten al ciudadano, sin embargo sin esta segunda parte, quedaría mutilado ese saber si no se complementa con toda la práctica activa que tiene el Estado y dejar de ser un ente abstracto que nadie lo comprende y a veces se sirvé de él.
Estudiar la segunda parte de la CPE es llegar al corazón del Estado y al apropiarse de él, le estamos entendiendo y a la vez comprometiendo a su defensa legal en el caso que así se requiera.
La docente
Susana Hurtado de Barrero
Magister en Derecho Constitucional
Universidad Andina "Simón Bolívar"
La asignatura de Derecho Constitucional II, tiene una gran importancia en la formación del futuro Abogado, porque le da a conocer en detalle la conformación del Estado, sus instituciones, los requisitos que debe cumplir el funcionario público para activar todos los canales con que el aparato estatal se pone al servicio de éste y de los ciudadanos.
Entender que los bienes públicos también pertenecen a cada ciudadano y la defensa de todos los bienes significa defender lo propio al mismo tiempo.
En Derecho Constitucional I, se vio toda la parte filosófica, ética y valores de los derechos, obligaciones y garantías que le asisten al ciudadano, sin embargo sin esta segunda parte, quedaría mutilado ese saber si no se complementa con toda la práctica activa que tiene el Estado y dejar de ser un ente abstracto que nadie lo comprende y a veces se sirvé de él.
Estudiar la segunda parte de la CPE es llegar al corazón del Estado y al apropiarse de él, le estamos entendiendo y a la vez comprometiendo a su defensa legal en el caso que así se requiera.
La docente
Susana Hurtado de Barrero
Magister en Derecho Constitucional
Universidad Andina "Simón Bolívar"
Suscribirse a:
Entradas (Atom)





